Normativa sobre el autogobierno estudiantil del colegio.

1. Disposiciones generales

1.1. Consejo de Estudiantes de la Institución Educativa Presupuestaria del Estado Federal educación más alta « Academia Rusa economía nacional Y servicio Civil bajo el presidente Federación Rusa"(en adelante, el Consejo de Estudiantes de la Academia) es un órgano colegiado representativo permanente del autogobierno estudiantil de la Academia, cuyas actividades tienen como objetivo asegurar la implementación del derecho de los estudiantes a participar en la gestión del proceso educativo. , decisión asuntos importantes actividades de vida de los jóvenes estudiantes, desarrollo de su actividad social, apoyo e implementación de iniciativas sociales.

1.2. El Consejo Estudiantil de la Academia no es entidad legal, no tiene un balance independiente, sus propias cuentas y no puede adquirir derechos y obligaciones patrimoniales y no patrimoniales por cuenta propia.

1.3. En sus actividades, el consejo estudiantil de la Academia se guía por la Constitución de la Federación de Rusia, la legislación de la Federación de Rusia, los estatutos de la Academia, las normas internas de la Academia, el concepto de actividades extracurriculares (si las hubiera), este Reglamento y demás reglamentaciones locales de la Academia.

1.4. El Consejo Estudiantil de la Academia opera según los principios de voluntariedad, transparencia e igualdad de los participantes.

2.1. Los principales objetivos de la actividad. consejo estudiantil Las academias son:
̶ garantizar la implementación de los derechos de los estudiantes a participar en la gestión de la Academia, evaluación de la calidad proceso educativo;
̶ desarrollo y apoyo de iniciativas estudiantiles socialmente significativas de la Academia;
̶ preservación y desarrollo de las tradiciones estudiantiles, la formación de una cultura cívica, una posición cívica activa de los estudiantes, promoviendo el desarrollo de su madurez social, independencia, capacidad de autoorganización y autodesarrollo;
̶ asistencia en la organización de las actividades de los consejos estudiantiles de las ramas de la Academia;
producción competencias culturales generales entre los estudiantes.

2.2. Para lograr estos objetivos, el consejo estudiantil de la Academia realiza las siguientes funciones:
̶ desarrolla propuestas sobre las principales direcciones de las actividades educativas y extraescolares de la Academia y los mecanismos para su implementación, teniendo en cuenta los problemas de los estudiantes analizándolos. necesidades actuales en los ámbitos educativo, científico, cultural, social, organizativo y cotidiano;
̶ representa la opinión de los estudiantes cuando la Academia adopta regulaciones locales que afectan sus derechos e intereses legítimos;
̶ brinda asistencia para resolver problemas y analizar problemas que afectan los intereses de los estudiantes, buscando formas y métodos para resolverlos;
̶ ayuda al liderazgo de la Academia a resolver problemas que afectan los intereses de los estudiantes y organizar el proceso educativo;
̶ participa en la formación de la cultura cívica y la ciudadanía activa de los estudiantes de la Academia;
̶ promueve la preservación y desarrollo de valores y tradiciones de respeto mutuo entre estudiantes y empleados de la Academia;
̶ ayuda en el desarrollo e implementación de objetivos personales y cualidades profesionales Estudiantes de la academia;
̶ organiza la participación de los estudiantes en las actividades científicas e innovadoras de la Academia;
̶ organiza el descanso y el ocio de los estudiantes, realizando eventos culturales;
̶ participa en el desarrollo de un sistema de recompensa a los estudiantes de la Academia por sus logros en diversas áreas de actividades educativas y extracurriculares, incluida la participación activa en las actividades del Consejo Estudiantil de la Academia, científicas y vida publica Academias;
̶ promueve el fortalecimiento de la disciplina en los edificios académicos y dormitorios de la Academia;
̶ promueve el desarrollo de relaciones interuniversitarias, interregionales e internacionales con estudiantes, jóvenes y otros asociaciones publicas; fortalecer los vínculos con los consejos estudiantiles de las ramas de la Academia;
̶ participa en comisiones disciplinarias.

3.1. El Consejo Estudiantil de la Academia tiene derecho:
̶ hacer propuestas para mejorar las regulaciones locales que afectan los intereses de los estudiantes;
̶ enviar representantes para participar en la consideración de cuestiones relacionadas con violaciones por parte de los estudiantes disciplina académica y reglamento interno de los estudiantes de la Academia;
̶ participar en el desarrollo de un sistema de recompensas para los estudiantes por logros en diversas áreas de las actividades educativas y extracurriculares, incluidos aquellos que participan activamente en las actividades del consejo estudiantil de la Academia, la vida científica y social de la Academia;
̶ solicitar y recibir de los funcionarios pertinentes de la Academia, en la forma prescrita, la información necesaria para las actividades del consejo estudiantil;
̶ participar en la planificación, preparación y realización de actividades extracurriculares de la Academia;
̶ en casos de violación y restricción de los derechos y libertades de los estudiantes y estudiantes de posgrado, así como de los derechos del consejo estudiantil de la Academia, hacer propuestas a la dirección de la Academia para tomar medidas para restablecer los derechos violados y aplicar medidas disciplinarias. medidas a los responsables.

3.2. El Consejo de Estudiantes de la Academia está obligado a:
̶ considerar oportunamente todas las solicitudes y solicitudes de los estudiantes recibidas por el consejo estudiantil;
̶ realizar trabajos de acuerdo con este Reglamento y el plan de trabajo del consejo estudiantil de la Academia para el año académico;
̶ apoyar iniciativas socialmente significativas de los estudiantes;
̶ promover la creación de las condiciones sociales y de vida necesarias, así como las condiciones para el estudio y la recreación de los estudiantes;
̶ representar los intereses de los estudiantes ante los funcionarios pertinentes y las divisiones estructurales de la Academia en la forma prescrita;
̶ informar a los funcionarios autorizados y a las divisiones estructurales de la Academia sobre sus actividades y sus resultados.

4.1. El consejo estudiantil de la Academia se crea en asambleas generales de estudiantes de institutos, facultades y colegios con la presencia de al menos la mitad de los estudiantes de la unidad estructural correspondiente (en adelante, la unidad) en la reunión, mediante votación por los estudiantes de esta unidad - candidatos a miembros del consejo estudiantil de la Academia. Composición cuantitativa El consejo estudiantil se determina en base a numero igual representantes de cada división. Además, el consejo estudiantil de la Academia incluye a los presidentes de las juntas directivas de quienes viven en las residencias estudiantiles núm. 1, núm. 2 y núm. 3 de RANEPA.

4.2. Las elecciones al consejo estudiantil son directas y abiertas. Todos los estudiantes del departamento correspondiente tienen derecho a participar en las elecciones.

4.3. Un estudiante que tenga una sanción disciplinaria o se encuentre en licencia académica no tiene derecho a ser elegido miembro del consejo estudiantil de la Academia.

4.4. Las elecciones se realizan todos los años, durante el primer semestre del año académico hasta el 1 de diciembre o durante el segundo semestre del año académico hasta el 1 de marzo. Por iniciativa de los estudiantes, se podrán realizar elecciones extraordinarias de representantes de la unidad en la unidad estructural correspondiente.

4.5. La iniciativa de realizar elecciones anticipadas pertenece al menos a 2/3 de los estudiantes del departamento (ver cláusula 4.1.).

4.6. La fecha de las elecciones especiales la determina el jefe del departamento correspondiente.

4.7. También se celebran elecciones anticipadas en caso de cese anticipado de los poderes de un miembro del consejo estudiantil.

4.8. El presidente del consejo estudiantil, el vicepresidente del consejo estudiantil y el secretario ejecutivo del consejo estudiantil son elegidos en la primera reunión después de la formación del consejo estudiantil por mayoría simple de votos de los miembros presentes (al menos 2/ 3 de numero total) consejo estudiantil por un período de dos años, pero no más de dos mandatos durante todo el período de estudios. La fecha de la primera reunión después de la formación del consejo estudiantil la determina el vicerrector que supervisa las actividades de los órganos de gobierno estudiantil. El presidente del consejo estudiantil puede ser reelegido anticipadamente.

4.9. El Consejo Estudiantil tiene derecho a celebrar elecciones anticipadas de su dirección. La decisión sobre las elecciones anticipadas se toma por mayoría de votos del número total de miembros del consejo estudiantil.

4.10. La composición del consejo estudiantil y su dirección se aprueban por orden del vicerrector, quien supervisa las actividades de los órganos de gobierno estudiantil, sobre la base de los protocolos pertinentes.

4.11. Por decisión de los consejos académicos de institutos y facultades (no incluidos en los institutos), se podrán formar consejos de estudiantes de las divisiones estructurales correspondientes. Dichos consejos estudiantiles incluyen miembros del consejo estudiantil de la Academia elegidos de acuerdo con la cláusula 4.16 de este Reglamento de la unidad estructural correspondiente.

4.12. Los representantes de la dirección de la Academia tienen derecho a asistir a las reuniones del consejo estudiantil de la Academia.

4.13. Presidente del consejo estudiantil:
̶ preside las reuniones del consejo estudiantil. presenta un borrador de agenda para las reuniones del consejo estudiantil;
̶ supervisa la implementación de las decisiones del consejo estudiantil;
̶ organiza la implementación de decisiones en nombre del consejo estudiantil;
̶ aprueba las actas de las reuniones del consejo estudiantil;
̶ informa al consejo estudiantil sobre sus actividades al menos una vez al mes;
̶ informa anualmente a los estudiantes sobre las actividades del consejo estudiantil;
̶ realiza otras funciones dentro de las competencias que le confieren.

4.14. En ausencia del presidente del consejo estudiantil, sus funciones las desempeña el vicepresidente del consejo estudiantil.
4.15. Secretario responsable del consejo estudiantil:
– informa a los miembros del consejo estudiantil sobre la fecha, hora, lugar y agenda de la reunión del consejo estudiantil;
– mantiene actas de las reuniones del consejo estudiantil;
– mantiene un archivo de los documentos del consejo estudiantil;

4.16. El presidente, el vicepresidente del consejo estudiantil, los presidentes de los consejos estudiantiles de las facultades, los presidentes de las juntas de residentes de las residencias estudiantiles núm. 1, núm. 2 y núm. 3 de RANEPA y el secretario forman el presidium del consejo estudiantil.

4.17. El Consejo de Estudiantes de la Facultad, si es necesario, forma y aprueba la composición de comisiones (comités, grupos de trabajo, etc.), que pueden incluir, junto con los miembros del consejo de estudiantes de la Academia, a otros estudiantes de la Academia.

5. Derechos, obligaciones y cese anticipado de poderes de un miembro del consejo estudiantil de la Academia

5.1. Un miembro del consejo estudiantil de la Academia tiene derecho a:
̶ participar en las asambleas generales y asistir a las reuniones del presidium con derecho a voto consultivo;
̶ elegir y ser elegido miembro del presidium del consejo estudiantil de la Academia;
̶ hacer propuestas para las actividades de cualquier órgano del consejo estudiantil de la Academia;
̶ recibir información sobre las actividades del consejo estudiantil y del presidium de la Academia;
̶ participar en los eventos del consejo estudiantil de la Academia.

5.2. Un miembro del consejo estudiantil de la Academia está obligado a:
̶ cumplir con la legislación de la Federación de Rusia, los estatutos, los reglamentos internos de los estudiantes de la Academia, este reglamento, otros locales regulaciones Academias;
̶ participar en las actividades del consejo estudiantil;
̶ llevar a cabo las decisiones tomadas en las reuniones del consejo estudiantil;
̶ ayudar a aumentar la autoridad del consejo estudiantil;
̶ participar en las reuniones generales del consejo estudiantil.

5.3. Un miembro del consejo estudiantil de la Academia que haya recibido una sanción disciplinaria es suspendido temporalmente del trabajo hasta que finalice la sanción disciplinaria.

5.4. Un miembro del consejo estudiantil de la Academia que se encuentra de licencia académica es suspendido temporalmente del trabajo hasta que regrese de la licencia académica.

5.5. Los poderes de un miembro del consejo estudiantil pueden terminar anticipadamente por su a voluntad, así como en los casos de su destitución o expulsión del consejo estudiantil.

5.6. Un miembro del consejo estudiantil tiene derecho a rescindir sus poderes anticipadamente mediante solicitud voluntaria por escrito o mediante declaración oral en una reunión del consejo estudiantil, incluida en el acta de la reunión.

5.7. Un miembro puede ser expulsado del consejo estudiantil por iniciativa del consejo estudiantil de la Academia. La iniciativa de expulsar a un miembro la presenta el presidente o un grupo de miembros de al menos tres personas en una reunión del consejo estudiantil y se aprueba por mayoría de votos de todos los miembros del consejo estudiantil de la Academia.

5.8. Los motivos para presentar una iniciativa para expulsar a un miembro del consejo estudiantil son:
– ausencia sistemática de las reuniones del consejo estudiantil durante dos meses;
– negativa sistemática a implementar las actividades realizadas por el consejo estudiantil.

5.9. La terminación anticipada de los poderes de un miembro del consejo estudiantil se anuncia por orden del consejo estudiantil de la Academia. La fecha de elección de un nuevo representante la determina el jefe de la unidad estructural correspondiente. Las elecciones se llevan a cabo de acuerdo con el procedimiento para la formación del consejo estudiantil.

6. Interacción del consejo estudiantil de la Academia con las divisiones estructurales de la Academia

6.1. El Consejo de Estudiantes de la Academia interactúa con los funcionarios y divisiones estructurales de la Academia sobre los principios de igualdad, comprensión mutua, cooperación y responsabilidad.

6.2. El Consejo Estudiantil, a solicitud del Consejo Académico o del Rectorado de la Academia, proporciona informes sobre los resultados de sus actividades.

6.4. Los representantes de las divisiones estructurales de la Academia pueden asistir a las reuniones del consejo estudiantil.

6.5. El presidente del consejo estudiantil de la Academia y uno de sus suplentes, como representantes de los estudiantes, son recomendados a la conferencia de empleados y estudiantes de la Academia para su elección como miembros del consejo académico de la Academia.

7.1. El consejo estudiantil de la Academia interactúa en igualdad de condiciones con los representantes de los consejos estudiantiles de las ramas.

7.2. Para optimizar las actividades de los consejos estudiantiles, anualmente se realiza el Foro de Órganos de Gobierno Estudiantil de la Academia (en adelante FOSSA).

7.4. En el marco de FOSSA se aprueba el plan de trabajo de los consejos estudiantiles para el próximo año académico y se genera un plan-informe del período pasado.

7.5. Los representantes de los consejos estudiantiles de todas las ramas tienen derecho a participar en FOSSA de acuerdo con el presidente del consejo estudiantil de la Academia.

8. Otras disposiciones

8.1. Las actividades del consejo estudiantil podrán terminar anticipadamente por decisión del Consejo Académico de la Academia.

8.2. La Academia corre con los gastos necesarios para apoyar las actividades del consejo estudiantil de la Academia.

8.3. Para garantizar sus actividades, la Academia proporciona al consejo estudiantil el uso gratuito de locales (oficina), comunicaciones, equipo de oficina y otros materiales, instalaciones y equipos necesarios.

Posición

sobre el gobierno estudiantil universitario

Este Reglamento ha sido elaborado de conformidad con la Ley de la Federación de Rusia "sobre educación", el Reglamento modelo sobre una institución educativa de educación secundaria vocacional (institución de educación secundaria especializada), aprobado por el Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia, el Reglamento sobre la Facultad de Farmacia de la Institución Educativa Presupuestaria Estatal de Educación Profesional Superior Universidad Médica Estatal de Krasnoyarsk que lleva su nombre. profe. -Yasenetsky Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Rusia, la Carta de la Institución Educativa Presupuestaria del Estado de Educación Profesional Superior de la Universidad Médica Estatal de Krasnoyarsk que lleva su nombre. profe. -Yasenetsky Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Rusia, Estrategia de Política Estatal de Juventud en la Federación de Rusia, desarrollada hasta 2016, Concepto de modernización educación rusa para el período hasta 2010, Recomendaciones para el desarrollo del autogobierno estudiantil en la Federación de Rusia Carta del Ministro de Educación de la Federación de Rusia No./ del 01/01/2001

1. Disposiciones generales

1.1 El autogobierno estudiantil es una asociación pública de estudiantes universitarios, que es una formación voluntaria, autónoma y sin fines de lucro creada por iniciativa de los estudiantes sobre la base de sus intereses comunes para lograr las metas y objetivos especificados en este reglamento. .

1.2.El autogobierno estudiantil construye su trabajo sobre la base del respeto a la dignidad humana y los intereses del individuo.

1.3.El autogobierno estudiantil lleva a cabo sus actividades sobre la base de la transparencia y la información pública sobre los resultados de sus actividades.

1.4.El autogobierno estudiantil, para la consecución de sus objetivos, realiza cualquier tipo de actividad que no contradiga la legislación vigente y la Carta Universitaria.

1.5.El máximo órgano de gobierno estudiantil es la Conferencia de Estudiantes Universitarios.

1.6. El autogobierno estudiantil garantiza la implementación de la función educativa de la universidad, la organización del trabajo extracurricular con los estudiantes, la participación de los estudiantes en la gestión de la universidad basada en la interacción con la administración de la universidad en todos los niveles de la estructura de gestión.

1.7.Autogobierno estudiantil de una persona jurídica
no es. El autogobierno estudiantil utiliza los recursos materiales, financieros y de otro tipo de la universidad de la manera prescrita.

2.Metas y objetivos

2.1.Objetivos:

Desarrollo de información integral interesante y útil. vida de estudiante para la plena realización de la personalidad.

Organización de un trabajo sistemático para mejorar los mecanismos de autogobierno estudiantil a nivel de grupo de estudiantes, departamento, universidad.

2.2.Tareas:

Activar el trabajo de autogobierno estudiantil y formar un mecanismo sostenible para su interacción con la administración universitaria.

Realizar competencias y concursos entre grupos y departamentos en combinación con el fortalecimiento del espíritu corporativo general de la universidad.

Creación de sociedades de intereses (secciones, clubes, grupos creativos, etc.) para satisfacer plenamente las diversas necesidades de comunicación y autorrealización de los estudiantes, garantizando la transparencia y accesibilidad de la información sobre las áreas de actividad del Consejo de Estudiantes.

Involucrar a los estudiantes en la participación activa en diversas esferas de la vida pública de la universidad y el colegio.

Realización de actividades para analizar la efectividad y mejorar el nivel del proceso educativo (encuestas, calificaciones, concursos, mesas redondas, reuniones con empleadores).

Desarrollo de propuestas para mejorar la calidad del proceso educativo, teniendo en cuenta los requerimientos del mercado moderno, los intereses científicos y profesionales de los estudiantes. Presentación de estas propuestas a la administración de la universidad y colegio para su mayor desarrollo y su implementación en la práctica.

Organización de eventos destinados a desarrollar una personalidad holística y altamente moral del estudiante (apoyo a los veteranos, participación en eventos benéficos, trabajo en instituciones médicas, encuentros con figuras destacadas de la salud, la ciencia, la cultura, el arte, etc.).

Participación de representantes del Consejo Estudiantil de la universidad en la preparación de documentos sobre decisiones estratégicamente importantes para la universidad, problemas de la vida estudiantil, derechos de los estudiantes, incentivos para los estudiantes, así como participación en la resolución de cuestiones de responsabilidad disciplinaria de los estudiantes (sanciones administrativas, expulsión de la universidad). ).

Realización de eventos encaminados a establecer y fortalecer vínculos, intercambiar experiencias con organizaciones estudiantiles de otros Instituciones educacionales ciudades y regiones.

2.3.Las actividades del gobierno estudiantil universitario se basan en los principios básicos:

- el principio del humanismo:

El autogobierno estudiantil construye su trabajo sobre la base del respeto a la dignidad humana y los intereses del individuo;

-el principio de democracia:

las actividades del gobierno estudiantil se basan en la discusión y resolución colectiva y libre de problemas, la colegialidad, la transparencia y la consideración constante de la opinión pública de los estudiantes universitarios;

- principio de autodeterminación funcional:

los participantes en las actividades del gobierno estudiantil determinan voluntariamente el grado de su participación;

- principio de responsabilidad:

los participantes en las actividades del gobierno estudiantil son responsables de sus actividades, así como de los resultados de sus actividades;

- principio de elección:

Los órganos rectores del gobierno estudiantil universitario se integran con carácter electivo;

- principio de representación:

Los miembros del gobierno estudiantil elegidos para los órganos de gobierno, en el desempeño de sus funciones, actúan en nombre, en nombre y en interés de los estudiantes universitarios;

- principio de autogobierno:

El órgano de gobierno estudiantil, el Consejo Estudiantil, determina de forma independiente el orden de funcionamiento, con excepción de cuestiones clave en la vida de los estudiantes universitarios, cuyas decisiones se toman conjuntamente con la administración;

- principio de asociación:

La base estratégica para la interacción entre el gobierno estudiantil, la administración de las universidades, los interlocutores sociales y otras organizaciones es de carácter colaborativo.

3.Participantes

3.1. Los participantes en el gobierno estudiantil son estudiantes universitarios de tiempo completo que apoyan las metas y objetivos del gobierno estudiantil y participan voluntariamente en sus eventos sin necesariamente formalizar las condiciones de su participación.

3.2.Los participantes tienen los mismos derechos, desempeñan las mismas responsabilidades y no pueden ser discriminados por motivos de raza, religión, afiliación social o de otro tipo.

3.3 La participación en las actividades de autogobierno estudiantil es una obra social en beneficio del estudiantado y es gratuita.

3.4.Los participantes del gobierno estudiantil tienen derecho:

Elegir y ser elegidos miembros de los órganos de gobierno estudiantil,

Participar en la gestión del colegio a través del Consejo Estudiantil;

Ser delegado para representar los intereses del gobierno estudiantil ante la administración del colegio;

Hacer propuestas para mejorar el trabajo del gobierno estudiantil;

Utilice las oportunidades del autogobierno estudiantil para la autorrealización.

3.5.Los participantes en el gobierno estudiantil deben cumplir con el Reglamento sobre gobierno estudiantil de la universidad.

4. Órganos de gobierno estudiantilcolega

Para organizar eficazmente sus actividades, el autogobierno estudiantil forma órganos de gobierno representativos.

El mandato de los órganos de gobierno del gobierno estudiantil es hasta la formación de una nueva composición de órganos de gobierno.

Los órganos de gobierno del autogobierno estudiantil se forman teniendo en cuenta la estructura multinivel de la institución educativa: grupo (educativo) de estudiantes - departamento - universidad.

4.1. Conferencia es cuerpo supremo departamento de gobierno estudiantil. La conferencia se lleva a cabo anualmente en fechas establecidas por el Consejo Estudiantil. La información sobre la fecha y el orden del día del Congreso se publica en los medios de información del Consejo Estudiantil (sitio web, publicaciones impresas, stands informativos, etc.) a más tardar un mes antes de su celebración.

A la Conferencia asisten delegados elegidos por los Participantes en grupos de estudio de acuerdo con la cuota establecida por el Consejo de Estudiantes Universitarios.

Los delegados del grupo de estudio están registrados. Cada delegado registrado tiene derecho a un voto al votar.

La competencia exclusiva de la Conferencia incluye:

Decisión de modificar el Reglamento;

Elección y revocación del presidente del gobierno estudiantil;

El orden del día de la Conferencia deberá incluir los siguientes temas:

Informe sobre las actividades del Consejo de Estudiantes durante el año, discusión del informe, adopción de una resolución sobre el informe que contenga una evaluación de las actividades del Consejo de Estudiantes y propuestas para su desarrollo;

El orden del día de la Conferencia podrá incluir otros temas dentro de la competencia de la Conferencia.

Las decisiones de la Conferencia se toman mediante votación abierta por mayoría simple de votos, a menos que la Conferencia establezca lo contrario.

4.2. Consejo de estudiantes universitarios– un órgano colegiado de autogobierno estudiantil que opera a nivel de la institución educativa; representar los derechos e intereses de los estudiantes ante la dirección de la universidad, coordinar y monitorear las actividades de los órganos de gobierno estudiantil. El Consejo Estudiantil se forma con carácter electivo por un período de 2 años.

4.2.1. El Consejo Estudiantil Universitario realiza las siguientes funciones:

Participar en el desarrollo e implementación de un sistema de recompensas para los estudiantes por logros en diversas áreas de las actividades educativas y extracurriculares, incluidos aquellos que participan activamente en las actividades del Consejo Estudiantil y la vida pública de la Facultad de Farmacia;

Revisar y participar en el análisis de las solicitudes y quejas de los estudiantes;

Solicitar y recibir, en la forma prescrita, de la administración universitaria la información necesaria para las actividades del Consejo Estudiantil;

Hacer propuestas para optimizar la base material y técnica del colegio;

Participar directamente en la planificación, preparación, realización y análisis de las actividades extracurriculares del colegio.

5.2.El consejo estudiantil está obligado:

Realizar trabajos de acuerdo con este Reglamento y el plan de actividades del Consejo Estudiantil para el año académico;

Apoyar iniciativas socialmente significativas de los estudiantes;

Promover la creación de las condiciones sociales y de vida necesarias, así como condiciones de estudio y recreación de los estudiantes. ;

Dentro de los cinco días hábiles, considerar todas las solicitudes y apelaciones de los estudiantes presentadas al Consejo Estudiantil;

Informar a los estudiantes sobre las actividades de la universidad relacionadas con las masas estudiantiles;

Informar a la administración de la universidad sobre sus actividades.

Realizar trabajos dirigidos a:

Incrementar la conciencia de los estudiantes y sus exigencias sobre el nivel de sus conocimientos, fomentando una actitud cuidadosa hacia el complejo inmobiliario del colegio;

Fortalecer la disciplina académica y el orden público en los edificios académicos y residencias de estudiantes;

Para implementar la Carta KrasSMU y reglamento interno del colegio;

Asistencia a la administración de la Facultad de Farmacia de la Universidad Médica Estatal de Krasnoyarsk en materia de organización de actividades educativas.

6. Estructura del gobierno estudiantil universitario(ver Apéndice No. 1)

5.1. El Consejo Estudiantil forma y aprueba la composición de los sectores. Por decisión del Consejo de Estudiantes Universitarios se podrán crear sectores adicionales, incluidos los temporales.

5.2. El trabajo del sector está dirigido por el presidente del sector, elegido por todos los miembros del consejo de estudiantes universitarios.

5.3. El trabajo del sector se realiza en forma de reuniones, que se celebran según sea necesario, pero al menos una vez cada dos semanas.

5.4. La estructura del Consejo de Estudiantes podrá incluir el Consejo de Estudiantes del albergue.

7.1. Sector educativo y de investigación:

Contribuye al mejoramiento del proceso educativo, el rendimiento académico y la disciplina, la creación condiciones necesarias Para uso racional tiempo de estudio;

Resume el progreso y la asistencia;

Resumiendo los resultados de las competiciones “ Mejor estudiante y Mejor Grupo"

Organiza el trabajo con estudiantes de bajo rendimiento;

Proporciona a los estudiantes información sobre oportunidades educativas adicionales.

Organiza exposiciones creativas estudiantes;

Organiza y facilita la participación de los estudiantes en eventos científicos y prácticos, conferencias, mesas redondas, concursos, seminarios;

7.2. Sector de aplicación de la ley:

Participa en la organización de mesas redondas sobre temas de mejora de la cultura jurídica de los estudiantes;

Resuelve cuestiones informativas de conciencia jurídica de los estudiantes;

Proporciona control sobre el cumplimiento diario de los estudiantes de las normas internas en las aulas, dormitorios, alrededores y durante las vacaciones;

Representa y protege los derechos de los estudiantes;

Vigila el estado sanitario de las aulas, áreas comunes y comedor;

Coordina la organización del servicio y limpieza general a nivel universitario;

Promueve la implementación del proyecto “Colegio – una zona libre de humo”;

Participa en la organización de grupos laborales estudiantiles.

7.3.Sector cívico-patriótico:

Organiza eventos temáticos dedicados a fechas significativas Estado ruso;

Organiza eventos destinados a fortalecer la amistad entre estudiantes de diferentes nacionalidades;

Organiza el patrocinio de profesores universitarios jubilados;

Participa en eventos patrióticos en la región, ciudad, región, Rusia.

7.4.Sector ocio:

- promueve el desarrollo del potencial creativo de los estudiantes, atrayendo a quienes deseen participar en clubes de arte de aficionados, festivales y concursos estudiantiles;

Forma tradiciones universitarias (Día del Conocimiento, Día del Estudiante, Día de la Salud, Iniciación como estudiante, Día de la Madre, Aniversario Universitario, Concurso de Talentos, Día del Maestro, puertas abiertas, y etc.);

Desarrolla rituales (presentación de una tarjeta de estudiante, iniciación a los estudiantes de primer año, presentación de un diploma, adopción del código de honor ético del estudiante, presentación de becas personales, premiación de los ganadores en función de los resultados de programas competitivos, etc.);

Organiza el trabajo de clubes de arte de aficionados;

Organiza eventos temáticos;

Organiza visitas grupales a teatros y programas de conciertos;

Organiza festivales de creatividad estudiantil, concursos de talentos, KVN;

Se comunica con instituciones culturales de la ciudad y centros juveniles;

Promueve la implementación de un programa para salvar la salud en el colegio, el proyecto “El colegio es una zona libre de fumar”.

7.5.Sector deportivo :

Promueve la implementación de un programa de salvamento de la salud en la universidad, el proyecto “La universidad es una zona libre de fumar”;

Desarrolla e implementa programas y proyectos integrales para la prevención de malos hábitos;

Crea grupos de apoyo para estudiantes que deciden erradicar malos hábitos;

Ayuda en la organización de competiciones deportivas estudiantiles a nivel de departamentos, universidades y en el marco de las competiciones deportivas regionales y de la ciudad;

Participa en la organización y realización de eventos deportivos y de educación física;

Participa en la organización de secciones y clubes deportivos de interés;

Proporciona información sobre los resultados de eventos deportivos universitarios y no universitarios:

Organiza excursiones de senderismo y viajes a centros recreativos.

7.6. Sector de información:

- promueve la implementación de un programa para salvar la salud en la universidad, el proyecto “Zona universitaria libre de fumar”;

Implementa el principio de transparencia del sistema de autogobierno, reflejando todos los eventos en el sitio web, en videos, en stands, en el periódico universitario y en impresiones murales;

Proporciona información oportuna a los estudiantes y a la administración universitaria sobre las actividades del gobierno estudiantil;

Forma un fondo de información para estudiantes;

Participa en asegurar el funcionamiento y desarrollo del sitio web del estudiante;

Garantiza la difusión oportuna de información sobre eventos, proyectos, programas, concursos, festivales y otros eventos juveniles en la televisión universitaria y stands informativos;

Organiza el intercambio de información con diversos medios, centros juveniles, otras instituciones educativas de la ciudad, región.

Desarrolla símbolos para organismos de gobierno estudiantil, clubes de intereses, eventos tradicionales y etc.;

Realiza otras funciones de información.

7.7.Movimiento voluntario:

Motiva a los estudiantes universitarios a brindar asistencia eficaz y resolver problemas de personas que necesitan apoyo;

Implementa los proyectos “Iguales enseñan a iguales”, “Un hilo del mundo”, “No hay hijos ajenos”, “Estamos contra el SIDA”, “Familia joven”, etc. en la universidad y en otras instituciones educativas de la ciudad. ;

Promueve la implementación de un programa para salvar la salud, el proyecto "La universidad - una zona libre de fumar" en la universidad y en la ciudad.

7.8. Sector de Orientación Profesional y Empleo

Brinda asistencia a los estudiantes en planificación y orientación sociojurídica para una carrera de posgrado efectiva;

Organiza un equipo de propaganda de orientación profesional;

Organiza una jornada de puertas abiertas para los solicitantes;

Participa en la formación de competencias sociales de los estudiantes necesarias para su avance en el mercado laboral.

8.Reunión de grupo es el principal órgano de autogobierno a nivel de grupo educativo y se lleva a cabo al menos una vez al mes.

8.1.El órgano ejecutivo operativo del autogobierno del grupo es Activo del grupo. Los miembros activos del grupo incluyen el jefe y el diputado. prefectos y dirigentes del sector, según la propuesta de estructura de los órganos de gobierno estudiantil universitario.

8.2 El jefe del grupo es designado por el jefe del departamento después de la formación de un grupo de estudio con estudiantes matriculados en el primer año y es aprobado por el jefe de la universidad. En el futuro, la reunión del grupo recomienda la candidatura de jefe de departamento para jefe de departamento.

8.3 Los miembros activos del grupo de estudio son elegidos en la asamblea general del grupo mediante votación abierta por mayoría simple de votos de los presentes.

8.4 El control de las actividades del Activo del grupo de estudio y del director lo lleva a cabo el curador del grupo.

9. Starostato- es una de las formas de autogobierno estudiantil, es un consejo que une a los jefes de los grupos de estudio del departamento, interactuando activamente con el jefe del departamento, el consejo estudiantil de la universidad, que es un vínculo entre el estudiantado. y la administración de la universidad. El trabajo del director está coordinado por un coordinador entre los jóvenes profesores del departamento, designado por el director del departamento.

Informa a los estudiantes sobre decisiones y eventos realizados en la universidad;

Supervisa y facilita la implementación de las decisiones y órdenes de la administración universitaria y del Consejo Estudiantil;

Organiza y controla el proceso educativo y la disciplina en grupos a través de registros personales de asistencia para estudiantes de todo tipo. sesiones de entrenamiento;

Proporciona al jefe del departamento universitario informes mensuales sobre las ausencias o retrasos de los estudiantes de acuerdo con el formulario de informe;

Organiza grupos de estudiantes para participar en eventos comunes;

Convocar a los estudiantes que no cumplan el código de ética del colegio a reuniones mensuales del prefecto;

Mensualmente resume los resultados de los concursos “Mejor grupo del departamento” y “Mejor alumno del departamento”.

10. Consejo de dormitorio es un organismo autónomo del Consejo Estudiantil que supervisa todas las esferas de la vida de los estudiantes que viven en el dormitorio. El consejo de dormitorio incluye líderes de piso que son elegidos entre los estudiantes que han demostrado deseo de trabajar y son aprobados en las reuniones del consejo de dormitorio.

11. Criterios para la eficacia del gobierno estudiantil

11.1.El grado de estabilidad y claridad de todas las partes del sistema de gobierno estudiantil en la universidad.

11.2.Actividad y participación masiva de estudiantes en diversos eventos del colegio, universidad, distrito, ciudad y región.

11.3.Actuación de los participantes en concursos, concursos, veladas, festivales de todos los niveles.

11.4.La iniciativa de los estudiantes, su búsqueda independiente de nuevas formas de trabajo extraescolar.

11.5. El grado de influencia del gobierno estudiantil sobre la naturaleza de la política juvenil en la universidad, colegio, ciudad y región.

12. Formas de desarrollar el gobierno estudiantil

12.1 Una de las principales formas de desarrollar el autogobierno estudiantil en la universidad es la integración, estableciendo cooperación con los órganos de gobierno estudiantil de la universidad, instituciones educativas de la ciudad, centros juveniles, organizaciones públicas juveniles, con el fin de resolver problemas conjuntos de organización educativa. y actividades extracurriculares, estudiantes y jóvenes.

12.2.Desarrollo de la actividad creativa de los estudiantes universitarios.

12.3 Formación y promoción de la imagen de un joven ruso exitoso.

12.4. Popularización de valores sociedad rusa(salud, trabajo, familia, patriotismo, servicio a la Patria, vida activa y civismo, responsabilidad).

12.5.Desarrollo de proyectos y programas de desarrollo competencias sociales necesario para que los jóvenes avancen en el mercado laboral.

12.6.Las actividades del gobierno estudiantil pueden tener como objetivo resolver otros problemas determinados teniendo en cuenta las características específicas de la universidad, región y colegio.

13. Asegurar las actividades de los órganos de gobierno estudiantil.

Para garantizar las actividades de los órganos de gobierno estudiantil, la universidad proporciona, en función de las capacidades financieras y materiales, los locales, las comunicaciones, el equipo de oficina y otros materiales y equipos necesarios.

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Apéndice No. 5
Por orden del director de GBPOU NSO "Novosibirsk Aviation Technical College" de 23 de octubre de 2015. N° 051 modificada por Orden N° 040 de 13 de octubre de 2017

Posición

P 05-2015

Sobre el gobierno estudiantil

  1. Provisiones generales

1.1. Este reglamento sobre el autogobierno estudiantil de una institución educativa profesional presupuestaria estatal. región de novosibirsk La “Escuela Técnica de Aviación de Novosibirsk” (en adelante, la escuela) se desarrolló de conformidad con la Constitución de la Federación de Rusia, la Ley de la Federación de Rusia del 29 de diciembre de 2012 No. 273-FZ “Sobre la educación en la Federación de Rusia”, legislación de la Federación de Rusia, actos jurídicos reglamentarios de las autoridades el poder del Estado y organos Gobierno local, Estatuto de la Facultad y Reglamento Modelo del Consejo Estudiantil en una Institución Educativa de Educación Superior educación vocacional, aprobado por el Consejo para el Desarrollo del Autogobierno Estudiantil en Instituciones Educativas de Educación Profesional Superior y Secundaria de fecha 29 de septiembre de 2006 No. 2.

1.2. Con el fin de asegurar la implementación del derecho de los estudiantes a participar en la gestión del proceso educativo, resolver cuestiones importantes en la vida de los estudiantes, desarrollar su actividad social, apoyar e implementar iniciativas sociales, como una de las formas de autogobierno de En el Colegio se está creando un Consejo Estudiantil.

1.3. El Consejo Estudiantil se crea como representante permanente y órgano coordinador de los estudiantes universitarios y opera sobre la base del Reglamento de Autogobierno Estudiantil, adoptado en la conferencia de estudiantes, el Consejo Pedagógico Universitario y aprobado por orden del director de la universidad.

1.4. Todo estudiante tiene derecho a elegir y ser elegido miembro del Consejo Estudiantil de conformidad con este Reglamento.

1.4. Las actividades del Consejo Estudiantil están dirigidas a todos los estudiantes universitarios.

1.5. Las decisiones del Consejo Estudiantil se aplican a todos los estudiantes.

2.1. Los objetivos del Consejo Estudiantil son:

Formación de una cultura cívica, ciudadanía activa de los estudiantes, promoviendo el desarrollo de su madurez social, independencia, capacidad de autoorganización y autodesarrollo;

Velar por la implementación de los derechos de los estudiantes a participar en la gestión del colegio, evaluando la calidad del proceso educativo;

Formación de habilidades de autogobierno en los estudiantes, preparándolos para una participación competente y responsable en la vida de la sociedad.

2.2. Son funciones del Consejo Estudiantil:

Involucrar a los estudiantes en la solución de todas las cuestiones relacionadas con la formación de especialistas altamente calificados;

Desarrollo de propuestas para mejorar la calidad del proceso educativo, teniendo en cuenta los intereses científicos y profesionales de los estudiantes;

Protección y representación de los derechos e intereses de los estudiantes;

Asistencia en la resolución de problemas educativos, sociales y de otro tipo que afecten los intereses de los estudiantes;

Preservación y desarrollo de las tradiciones democráticas de los estudiantes;

Ayudar a los órganos de gobierno universitario a resolver problemas educativos y científicos, organizar el ocio y la vida cotidiana de los estudiantes y promover imagen saludable vida;

Asistencia divisiones estructurales colegios en las actividades que realizan dentro del proceso educativo;

Realizar trabajos encaminados a incrementar la conciencia de los estudiantes y sus exigencias sobre el nivel de sus conocimientos, fomentando una actitud solidaria hacia el conjunto inmobiliario, una actitud patriótica hacia el espíritu y tradiciones del colegio;

Informar a los estudiantes sobre las actividades del colegio;

Fortalecer las conexiones entre Instituciones educacionales Región de Novosibirsk, relaciones interregionales e internacionales;

Participación en la formación de la opinión pública sobre la juventud estudiantil como fuerza real y recurso estratégico para el desarrollo de la sociedad rusa;

Promover la implementación de iniciativas juveniles socialmente significativas.

2.3. Las actividades del Consejo de Estudiantes también pueden estar encaminadas a la solución de otros problemas que se determinen política juvenil en la región de Novosibirsk y la ciudad de Novosibirsk.

3.1. Para tomar una decisión sobre la creación del Consejo Estudiantil y el reglamento del Consejo Estudiantil, se convoca una Conferencia, la cual también puede realizar cambios y adiciones al reglamento del Consejo Estudiantil, escuchar y aprobar informes del Consejo Estudiantil, determinar áreas prioritarias actividades del Consejo Estudiantil, resolver el tema de la suspensión anticipada de las facultades del Consejo Estudiantil. La conferencia podrá resolver otros asuntos relacionados con las actividades del Consejo Estudiantil.

3.2. La conferencia se lleva a cabo al menos una vez al año. La fecha y hora de la Conferencia, la tasa de representación, así como la agenda de la Conferencia son determinadas por el Consejo de Estudiantes Universitarios.

3.3. El Consejo de Estudiantes Universitarios deberá anunciar la convocatoria de la Conferencia a más tardar con un mes de antelación.

3.4. Los delegados a la Conferencia son representantes de todos los grupos educativos.

3.5. Los delegados de la conferencia son elegidos en las asambleas generales de estudiantes del grupo por mayoría simple de votos según la norma de representación: tres delegados del grupo de estudio.

3.6. Los delegados a la Conferencia son los presidentes ex officio del actual Consejo Estudiantil.

3.7. La conferencia es válida si están presentes al menos 2/3 del número de delegados.

3.8. Las decisiones sobre los temas planteados para discusión en la Conferencia se toman por mayoría simple de votos de los delegados presentes, a menos que este Reglamento disponga lo contrario.

3.9. El Consejo de Estudiantes Universitarios está formado por el presidente del consejo de estudiantes y miembros del consejo entre los estudiantes.

3.10 El Consejo Estudiantil se elige por un período de 1 año y puede incluir al menos 15 personas.

3.10.1 La universidad organiza elecciones generales para el presidente del Consejo Estudiantil, que son realizadas por el comité de elección estudiantil de acuerdo con el "Reglamento de Elecciones" aprobado por Orden del director de la universidad.

3.10.2 Las reuniones del Consejo Estudiantil se llevan a cabo de acuerdo con el plan y se documentan en actas.

3.11. El Consejo de Estudiantes Universitarios forma y aprueba la composición de los sectores (comisiones, comités, etc.), que pueden incluir:

Sector de trabajo educativo, organizativo y de investigación;

Sector cultural;

Sector de trabajo con residentes del albergue;

Sector de educación cívico-patriótica;

Sector deportivo y recreativo;

Sector de Comunicaciones de Información, etc.

3.17. Los sectores (comisiones, comités, etc.) pueden incluir estudiantes universitarios.

3.18. La composición de las comisiones se forma mediante la elección de un representante por cada grupo educativo. Las elecciones se celebran mediante votación abierta por mayoría de votos de forma alternativa, por un período de 1 año. El presidente es elegido por mayoría de votos en la reunión organizativa de la comisión y es miembro del Consejo Estudiantil. La Comisión trabaja según su plan aprobado por el Consejo. Las reuniones de la comisión se llevan a cabo una vez al mes.

4.1. El Consejo Estudiantil interactúa con los órganos de gobierno de la universidad basándose en los principios de cooperación y autonomía.

4.3. Podrán asistir a las reuniones del Consejo de Estudiantes representantes de los órganos de gobierno de la universidad.

4.5. Los representantes de los órganos de gobierno toman decisiones sobre la vida de la universidad teniendo en cuenta la opinión del Consejo de Estudiantes.

5.1. El Consejo Estudiantil tiene derecho:

Participar en el desarrollo y mejoramiento de regulaciones que afecten los intereses de los estudiantes universitarios;

Participar en la evaluación de la calidad del proceso educativo, elaborar y presentar propuestas a los órganos de gobierno universitario para su optimización, teniendo en cuenta los intereses científicos y profesionales de los estudiantes, ajustando el horario de clases, el calendario de pruebas, exámenes, organización. práctica industrial, creando condiciones favorables para la vida y recreación de los estudiantes;

Participar en la solución de problemas sociales, cotidianos y financieros que afectan los intereses de los estudiantes, incluida la distribución de fondos del fondo de becas, subvenciones y fondos asignados para eventos, recreación y tratamiento culturales y deportivos;

Participar en la consideración de cuestiones relacionadas con las violaciones de la disciplina académica y los reglamentos internos de los estudiantes en la universidad, así como en los dormitorios de estudiantes;

Participar en el desarrollo e implementación de un sistema de recompensas para los estudiantes por logros en diversas áreas de las actividades educativas y extracurriculares, incluidos aquellos que participan activamente en las actividades del Consejo Estudiantil y la vida social de la universidad;

Revisar y participar en la consideración de las solicitudes y quejas de los estudiantes;

Solicitar y recibir, en la forma prescrita, de los órganos de gobierno del colegio la información necesaria para las actividades del Consejo Estudiantil;

Hacer propuestas para resolver cuestiones de uso de la base y las instalaciones materiales y técnicas del colegio;

Utilizar, en la forma prescrita, la información de que dispongan los órganos de gobierno del colegio;

Apelar las órdenes y reglamentos que afecten los intereses de los estudiantes de acuerdo con el procedimiento establecido ante autoridades superiores;

En los casos de violación y restricción de los derechos y libertades de los estudiantes, así como de los derechos del Consejo Estudiantil, proponer a los órganos de gobierno universitario la adopción de medidas para restituir los derechos vulnerados y aplicar medidas disciplinarias a los responsables;

Identificar y utilizar formas legales de protesta para proteger los derechos y libertades de los estudiantes, así como los derechos del Consejo Estudiantil;

Participar directamente en la planificación, preparación, realización y análisis de las actividades extracurriculares del colegio;

Participar en los trabajos de los consejos (comités, comisiones, etc.) creados en el colegio.

5.2. El Consejo Estudiantil está obligado a:

Realizar trabajos encaminados a aumentar la conciencia de los estudiantes y sus exigencias en el nivel de sus conocimientos, inculcar una actitud cuidadosa hacia el complejo inmobiliario de la universidad, fortalecer la disciplina académica y el orden público en los locales educativos y dormitorios, aumentar la conciencia cívica. de los estudiantes, inculcando el sentido del deber y la responsabilidad;

Trabajar con los estudiantes para cumplir con los Estatutos y los reglamentos internos de la universidad;

Asistir a los órganos de gobierno de la universidad en cuestiones de organización. actividades educacionales;

Oportunamente y de acuerdo con el procedimiento establecido considerar todas las solicitudes y apelaciones de los estudiantes recibidas por el Consejo Estudiantil;

Realizar trabajos de acuerdo con el Reglamento y plan de actividades del Consejo Estudiantil para el año académico;

Apoyar iniciativas socialmente significativas de los estudiantes;

Promover la creación de las condiciones sociales y de vida necesarias, así como condiciones de estudio y recreación de los estudiantes;

Representar y proteger los intereses de los estudiantes ante los órganos de gobierno universitario, agencias gubernamentales, asociaciones públicas, otras organizaciones e instituciones;

Informar a las autoridades universitarias del nivel correspondiente sobre sus actividades.

6.1. Los órganos de gobierno de la universidad corren con los costos necesarios para apoyar las actividades del Consejo Estudiantil.

6.2. Para garantizar las actividades del Consejo Estudiantil, los órganos de gobierno de la universidad proporcionan locales (oficinas), comunicaciones, equipo de oficina y otros materiales, instalaciones y equipos necesarios para uso gratuito.

6.3. El Consejo Estudiantil es responsable de planificar, organizar y conducir las reuniones del Consejo, del trabajo de los comités de áreas, de mantener la documentación necesaria para el trabajo.